En Colombia, son comunes los términos Vivienda de Interés Social y Vivienda de Interes Prioritario para designar a aquellas construcciones de inmuebles que cubren la demanda básica de la población del país.
por una parte la vivienda de interés social (VIS) Es aquella que reúne los elementos que aseguran su habitabilidad, estándares de calidad en diseño urbanístico, arquitectónico y de construcción cuyo valor máximo es de ciento treinta y cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes (135 SMLM) en poblaciones de menos de un millón de habitantes. es decir su precio máximo este año será de $122.651.010 . Para aglomeraciones urbanas con más de un millón de habitantes, el valor de la vivienda VIS será hasta de $136.278.900, (150smlv)
Por otra, la de interés Prioritario, debe cumplir las mismas características excepto en su límite de valor de venta, el cual se establece en máximo de 90 smmlv (Decreto 46 de 2020 plan de Desarrollo), es decir debe valer menos de $81.767.340
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